Franco Muñoz Abogados  » Abogados de incapacitaciones y tutelas en Granada

Despacho de abogados de incapacitaciones y tutelas en Málaga


Abogados especialistas en derecho de familia: incapacitaciones judiciales, tutelas, curatelas, etcétera.

Somos un despacho de abogados de Málaga especializado en derecho de familia, ofreciendo nuestros servicios a las personas que necesitan iniciar un procedimiento de incapacitación y sus seres queridos cercanos. Trabajamos con profesionales importantes dentro del sector como médicos, peritos, asistentes sociales, etcétera; además de con nuestros abogados especialistas. Si necesita un despacho que le acompañe a lo largo del procedimiento judicial de incapacitación puede contar con nosotros.

Manos de una hija y su Madre

¿Qué es un procedimiento de incapacitación judicial y cuáles son sus efectos?

La incapacitación judicial es un procedimiento legal establecido en el Código Civil español que se utiliza para velar por la protección de personas con enfermedades o discapacidades mentales. En caso de no realizar el procedimiento de incapacitación las personas que sufren estos problemas pueden considerar dilapidar su patrimonio por sí mismos o verse engañadas por terceras de mala fe. A fin de evitar estas graves consecuencias, con el procedimiento de incapacitación se nombra a un tutor o curador legal que tendrá la obligación de velar por los intereses de la persona enferma, todo ello con la supervisión pública de un juez y del Ministerio Fiscal.

Con la declaración de incapacitación de la persona enferma y el nombramiento de tutor o curador se consigue que cualquier operación de gran magnitud económica relacionada con el incapacitado pueda ser revisada por él, el juez y el Ministerio Fiscal. El tutor o curador, a su vez, podrá recibir una retribución económica básica por las labores de gestión del patrimonio del incapaz, y tendrá la obligación de realiciar informes anuales sobre las evoluciones del estado de salud y económico de su tutelado.

¿Cuáles son las diferencias entre un procedimiento de tutela y uno de curatela?

El procedimiento de tutela y curatela son prácticamente idénticos a excepción de una principal salvedad, y es que la sentencia que declare la tutela determinará una incapacitación total mientras que cuando se declare una curatela la incapacitación será parcial o solo para algunas operaciones. Es decir, con la tutela el incapacitado no podrá realizar ninguna actividad económica alguna, siendo nulos todos los contratos o acuerdos que lleve a cabo. Con la curatela, por su parte, la sentencia puede limitar parcialmente qué operaciones se pueden realizar por el propio incapaz y cuáles otras deben de ser revisadas por su curador. Ejemplos de estas últimas limitaciones pueden ser sentencias con las que se determine el incapaz no pueda realizar operaciones superiores a 100.000,00 euros de valor, o por las que se exprese que no puede vender sus propiedades inmobiliarias, o unas bastante frecuentes en algunos casos por las que se limita la posibilidad de contratar o adquirir préstamos de cualquier tipo.

De este modo, dependiendo del grado de enfermedad y de las necesidades del incapaz, será más conveniente utilizar la tutela o la curatela. Lo general, salvo excepciones bastante claras, será utilizar el procedimiento de tutela.

¿Cómo desarrollamos nuestros servicios legales?

Al ser especialistas del sector tenemos la posibilidad de trabajar las incapacitaciones desde cualquier perspectiva. El caso más usual será aquel en el que uno o varios de los familiares queridos del incapaz quieran iniciar el procedimiento y nombrar uno o varios de ellos como sus tutores, y por supuesto nuestro trabajo aquí se limitará a realizar los trámites y escritos necesarios para que todo se lleve a cabo de manera efectiva. En algunas ocasiones más puntuales habrá discusiones legales entre los familiares para ser tutores, y nuestra defensa se centrará en demostrar que nuestro cliente es la persona más idónea para obtener la tutela del incapaz. Por último y en casos menos frecuentes pero igualmente válidos nuestros servicios se centrarán en defender al propio incapaz, principalmente cuando considere (y nosotros veamos pruebas fidedignas) de que no merece una declaración de incapacitación judicial.

Otras preguntas frecuentes sobre nuestros servicios

¿Cuáles son los precios por vuestros servicios?

Nuestros precios dependen en buena parte de las circunstancias concretas de cada caso, ya que la complejidad y el trabajo de cada asunto puede ser muy diferente. No obstante, por lo general podemos expresar que la mayoría de casos tienen en nuestro despacho un precio de entre 1.400-2.000 euros con impuestos y gastos de procurador también incluidos.

Una vez realicemos el estudio concreto del caso enviaremos un presupuesto completamente claro y exacto, de manera que el cliente podrá tras su recepción decidir libremente si quiere o no trabajar con nosotros.

¿Qué otros gastos tiene el procedimiento?

Una vez más, dependen de cada caso. Siempre se va a requerir un informe médico que determine la enfermedad (o no) de la persona incapaz y su posibilidad o imposibilidad de realizar operaciones económicas con sentido. El informe médico puede ser emitido por los Servicios de Salud públicos, pero en algunos casos concretos será útil obtener un informe de un perito médico privado. En estos casos, por tanto, será necesario realizar este gasto.

De manera posterior a la declaración de tutela o curatela será necesario realizar, normalmente una vez al año, informes sobre la evaluación económica y de salud del incapaz. Estos informes pueden ser realizados por el propio tutor sin necesidad de abogado, pero en caso de que quieran ser encargados a nuestro despacho el coste aproximado será de 200 euros con impuestos incluidos.

¿Realizáis algún tipo de estudio previo del caso antes de comenzar con el servicio?

Por supuesto. Antes de comenzar con el asunto tendremos que tener toda la documentación e información del asunto disponible, de forma que podamos decidir antes de comenzar si existen o no posibilidades de conseguir una sentencia favorable del caso. Una vez analicemos esa documentación ofreceremos una opinión completamente clara y honesta sobre las posibilidades del asunto, de manera que los clientes tengan toda la información antes de decidir si trabajar con nosotros.

Este estudio de la documentación y emisión de la opinión no tiene ningún coste.

¿Cómo puedo contactar con el despacho?

Puede enviarnos un escrito a través del formulario de contacto de la derecha o utilizar los siguientes datos para contactar con nosotros. A través de ellos puede concertar citas personales o telefónicas con nuestro despacho para enviarnos la documentación de su asunto y contarnos su caso. Y a partir de ahí, una vez le hayamos enviado nuestro presupuesto concreto, podrán ustedes decidir si quieren seguir adelante o no con nosotros.

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